Se ha publicado en el B.O. la Resolución General 5339/2023 de la AFIP por la cual se suspende la utilización de certificados de no percepción de IVA y ganancias en operaciones de importación.
El período de suspensión comprende desde hoy 29/03/2023 hasta el 31/12/2023.
La suspensión no aplica a las micro y pequeñas empresas que se encuentren inscriptas en el registro MiPyME.
Tampoco se podrán solicitar certificados de no percepción de IVA hasta el 31/12/2023.
Las percepciones de IVA que liquide la Aduana en este período, podrán ser computadas a partir del noveno mes posterior a la fecha del despacho.
En cuanto al impuesto a las ganancias, las percepciones sufridas no pueden deducirse de la base de cálculo de los anticipos.
RG 5339/2023 ( https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/283581/20230329 )